Inicio » DEFICIENCIAS DE LA LEY DE EDUCACIÓN DE TABASCO

DEFICIENCIAS DE LA LEY DE EDUCACIÓN DE TABASCO

by Pluma Invitada
17 Vistas
Congreso de Tabasco con elementos que representan la educación y la legislación.
Javier Tolentino García
Javier Tolentino García

En las deficiencias agrupo un conjunto de sinónimos, sin recurrir a la Real Academia, tales como, fallas, desperfectos, imperfecciones, lo que falta, las carencias, las ausencias, las insuficiencias, la escasez. O en el sentido conceptual de la planeación estratégicas, las debilidades o las áreas de oportunidad.

Además, son deficiencias desde una óptica pedagógica, lo correspondiente a lo jurídico quedará al margen. Y por supuesto, no es un análisis especializado desde alguna de las disciplinas que abarca una Ley de Educación. Por ejemplo, la educación física, la educación ambiental, la educación para la salud, por mencionar algunas, las cuales tendrán que decir las deficiencias desde su especificidad, sin eludir la interdisciplinariedad la cual se considera indispensable.

Por razones didácticas, se presentará de manera breve el contenido de la Ley de Educación para el Estado de Tabasco (denominación correcta y se aludirá con estas siglas LEET), omitiendo la verborrea de mencionar los capítulos, los artículos y las fracciones. Y a continuación se argumenta la deficiencia, también de manera general. El texto tiene algunos subtítulos y las deficiencias se han enumerado. Sólo se muestran algunas deficiencias, seleccionadas por su facilidad para ser evidenciada.

GENERALIDADES

  • La actual LEET, publicada en octubre del 2008, hace casi 17 años, ha tenido sólo 7 reformas lo cual es un indicativo de su vigencia o de la inacción legislativa en dicha temática. En este sentido, en los últimos 5 años se han reformado 6 artículos las cuales han consistido en adiciones o modificaciones de párrafos y de fracciones, es decir, prácticamente no se han realizado actualizaciones acordes a los avances de las Ciencias de la Educación, de las políticas educativas o de las problemáticas mundiales, nacionales o estatales.
  • La no actualización se agrava cuando en el sexenio anterior, el de Andrés Manuel López Obrador (2019-2024) se realizaron cambios a la Ley General de Educación (LGE), publicada en 2019, los cuales no fueron retomados por las legislaturas estatales, al menos en la armonización legislativa, como se denomina en el argot.
  • Y quizás en el terreno de lo político, vale resaltar la inacción de los Diputados-as Locales, al menos los del partido Morena, cuando se entiende que la ley del 2019, era resultado de los compromisos de campaña de López Obrador, también del mismo partido político.
  • Entre las deficiencias de la LEET, no sólo son responsables los Diputados Locales, sino también, el Ejecutivo Estatal y quienes fueron los Secretarios-as de Educación del Estado de Tabasco, durante el sexenio 2018-2024.

CONTENIDO OBSOLETO

  1. Continuando con la idea anterior, dice la LEET que se entenderá por “Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, al organismo constitucional autónomo, al que corresponde…”. La referencia a este instituto aparece en 25 artículos. Todos ellos son anacrónicos porque con la LGE de 2019 desapareció el INEE. En 6 años Tabasco sigue con una Ley de Educación que menciona una institución que ya no existe.
  1. En diversos artículos se menciona la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. Esa ley tampoco existe desde el 2019. Era una promesa del gobierno, eliminar de la legislación la evaluación punitiva hacia el magisterio. A nivel federal se eliminó la legislación del sexenio anterior y a nivel estatal se sigue en el anacronismo.
  1. En otra parte la LEET se refiere a “las autoridades educativas… en sus ámbitos de competencia, con base en lo establecido en la Ley General del Servicio Profesional Docente…”. Igualmente, no existe esa ley desde 2019. Y su alusión es en muchos artículos. Incluso en el Título Cuatro con diversos Capítulos y un total de 50 artículos, Tabasco sigue con una ley cuyo contenido no está vigente.
  1. Dice, “Desarrollar a través de los distintos medios de comunicación, programas educativos dirigidos a los padres de familia…”. Se trata de una ley que se ha quedado en el pasado por la existencia de lo digital. Lo analógico ha sido superado e incluso es necesario evaluar el impacto de la televisión y la radio, para estos propósitos. O lo que las autoridades educativas realizan.
  1. Otro artículo plantea “atender de manera especial a las instituciones educativas que por estar en localidades aisladas, zonas rurales o urbano-marginadas, sea considerablemente mayor la posibilidad de atrasos y deserciones, mediante la asignación de recursos, que propicien mejor calidad para enfrentar sus problemas educativos”. Subrayado nuestro, para simplificar las incongruencias. No sólo se deserta en estas escuelas. Y la solución no es la asignación de recursos. Y la idea de calidad no es clara.
  1. También dice, “realizar actividades que permitan elevar la calidad, ampliar la cobertura y alcanzar los propósitos” de la equidad. Es obvio lo arcaico de la redacción, la cual esconde deficiencias: la equidad no se atiende con actividades, no se eleva la calidad, y no es una cuestión de propósitos.
  1. “Establecer… escuelas de tiempo completo…”, es el contenido de otro artículo de la LEET. Este programa ya desapareció. Y es una limitación que una legislación aluda a programas gubernamentales, cuando debe referirse a políticas de Estado, cuya transcendencia no es factible explicar aquí. Sobre el tema. se recomienda leer a Pablo Latapí Sarre.
  1. La ley en cuestión dice, “en la realización de programas que contribuyan al cumplimiento de la equidad en la educación… se utilizará el potencial de la educación comunitaria y a distancia para atender las necesidades educativas de las poblaciones más pequeñas, apartadas y dispersas”. En el contexto de la Cuarta Transformación esto es inaceptable. Porque traiciona el planteamiento de “primero los pobres”. Desde la década de los 90 ha quedado demostrado por la investigación educativa, cómo a los pobres les cuesta más la educación. Y eso no se debe seguir sosteniendo a través de la legislación. Interesados en el tema, se recomienda la lectura de Sylvia Schmelkes.
  1. “Las actividades de supervisión darán preferentemente atención al aspecto técnico-pedagógico, para garantizar la eficiencia y calidad del servicio… mediante el óptimo desempeño de la función docente”. Omito lo referente a la supervisión porque implicaría recuperar el estado del conocimiento, al respecto. Pero es alarmante, la alusión al concepto de eficiencia, la cual se refiere a la relación costo-beneficio. Eficacia o efectividad, son más acordes en una idea de calidad.
  1. “La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias”. No se ha considerado la educación superior cuya obligatoriedad ya es Constitucional.

Hasta aquí, se ha señalado un decálogo de deficiencias, tipificadas como contenido obsoleto. Es decir, son artículos y/o fracciones que es necesario eliminar. Y dependiendo del caso, quizás sustituir.

Una advertencia, de ninguna forma debe entenderse que son todos los contenidos obsoletos, son solamente algunos ejemplos, lo cual también se deduce de lo planteado anteriormente, en el sentido de la necesidad de considerar la perspectiva conceptual de otros profesionales. Así, los expertos en educación ambiental podrán valorar el contenido de los artículos. Y lo mismo, con otros profesionales. O, mejor dicho, “zapatero a tus zapatos”.

GRAVES AUSENCIAS

  1. La ausencia imperdonable es que la educación inclusiva no se menciona en toda la LEET.
  1. Dice la LEET “en el caso de la educación primaria, la secundaria, la normal…deberán ajustarse a los planes y programas de estudio que determine la autoridad educativa federal”. Omite mencionar al prescolar. Un nivel educativo obligatorio el cual forma parte de la educación básica desde la década de los 90.
  1. Desde 2020, “…para asegurar el debido cumplimento de los lineamientos emitidos por la Secretaría de Educación Pública a los cuales se encuentran sujetos el expendio, la distribución y la elaboración de alimentos y bebidas preparados y procesados…”. Es necesario armonizar de acuerdo a la LGE, la cual alude a prohibir, entre otras cuestiones.
  1. “Los procesos educativos gestados desde el ámbito escolar, se refieren a: la interacción con intencionalidad educativa entre educandos, docentes, directivos y comunidad, mediada por planes y programas de estudio, así como por metodologías de enseñanza y medios educativos que ocurre en un contexto institucional que posee normas organizativas”. No se menciona el aprendizaje. Eso sucede en diversos artículos.
  1. “Capítulo II. Tipos, niveles y modalidades”. Conformado por un sólo artículo, el 58 “Los tipos y niveles de los servicios educativos serán:” Y a continuación se presentan 3 fracciones y 2 párrafos. Como se puede deducir, no se presenta el contenido de las modalidades. En otros apartados de la LEET, también se alude a las modalidades, pero nunca son definidas. Llegó la pandemia en el 2020 y el lenguaje educativo incorporó la educación híbrida. Y al menos desde hace una década, la educación Dual existe en México. Y de allí la trascendencia de conceptualizar las modalidades. No quiero imaginar cómo aprueban las ofertas de educación no escolarizada a las escuelas particulares.
  1. La Sección VIII, de la educación indígena, con sus 3 artículos, considera “brindar lo bilingüe bicultural”. No alude a lo multicultural, ni a lo que actualmente se ha considerado en la Constitución y en la legislación federal sobre los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos, migrantes y jornaleros agrícolas.

Hasta aquí, se han señalado algunas ausencias en la LEET. Son muchas más. Como, por ejemplo, la educación virtual o digital, la investigación educativa, las innovaciones educativas solamente asignadas a las bibliotecas y no a los docentes o los procesos del aula.

LO CONCEPTUAL

  1. En una parte dice que “constituyen parte del sistema educativo estatal, los educandos y los educadores”. Y más adelante, plantea que “para los efectos de esta ley se entenderán como sinónimos los conceptos de educador, docente, profesor y maestro”. Primero, no son sinónimos, desde la rigurosidad científica y teórica de las Ciencias de la Educación. Y segundo, omite la LEET en la lista, los que luego se referirá como alumnos.
  1. “Las autoridades educativas… tomarían medidas… pleno derecho a la Educación de Calidad, una mayor equidad e igualdad de oportunidades de acceso, permanencia y promoción de los servicios educativos” (sic). No se define equidad. Y se limita a la permanencia, no a los aprendizajes, entre otras ausencias conceptuales.
  1. Dice la LEET, “… y que la aplicación de la disciplina escolar sea compatible con su edad”. Da la idea de disciplina de acuerdo a la edad, a preescolar una y otra a secundaria. Todo el artículo debe ser revisado a la luz de las diversas manifestaciones de comportamientos de los estudiantes (bullying no mencionado). Y de los Derechos Humanos. Y de las responsabilidades, incluso penales, de los docentes y directivos.
  1. Es lamentable, la ausencia de contenidos a nivel jurídico sobre la Educación para la Paz.
  1. No hay definición de educación en el marco del artículo Tercero Constitucional.
  1. La educación humanista no se menciona.
  1. Es necesario revisar lo referente a la integración de los alumnos de educación especial. E incluir la conceptualización de las barreras para el aprendizaje.
  1. No se menciona la Nueva Escuela Mexicana.
  1. En uno de los artículos dice, “la autoridad educativa estatal tiene los siguientes deberes y atribuciones”. Y son XIX fracciones. E inmediatamente, en el siguiente artículo dice, “adicionalmente a lo establecido en el artículo anterior, corresponden a la autoridad educativa estatal… los siguientes deberes y atribuciones”. Y sorpresivamente, son otras XXIII fracciones más. Sobra decir, las repeticiones, las incongruencias, lo irrelevante, y las limitaciones conceptuales.

En lo referente a los ya mencionados vacíos y deficiencias teóricas y conceptuales, por supuesto, también son aspectos obsoletos y graves ausencias de la LEET. Tener una legislación con deficiencias no es un asunto irrelevante, porque esto impacta el derecho a la educación de los Tabasqueños. Ausencias, u otras omisiones en la ley, como no considerar la educación inclusiva, no nada más viola o limita el derecho a la educación, también coarta la posibilidad de ejercer su plena ciudadanía.

El Observatorio del Derecho a la Educación y la Justicia señala “la educación pública, gratuita y obligatoria es un derecho humano inalienable y un bien público universal. También es un derecho clave, en tanto permite a los ciudadanos el goce de otros derechos, como el acceso al empleo, la salud o la libertad de expresión (…). Cuando el derecho a la educación se niega o se viola, se priva a las personas de otros derechos, que son asimismo fundamentales para el ejercicio pleno de la ciudadanía. https://www.ceamope.org/post/a-10-años-del-odej-lab-una-mirada-crítica-y-posicionamiento-político-pedagógico

HACIA UNA LEY DE LA 4T

La tesis de este apartado, aunado al listado de deficiencias ya presentado es que la actual LEET tiene cuerpo y alma del neoliberalismo. Y no de la Cuarta Transformación (4T). Véase la siguiente argumentación:

  1. La ubicación cronológica del neoliberalismo comprende desde 1988 cuando inicia el sexenio de Salinas, luego con Zedillo (1994-2000), ambos del PRI. Y en el año 2000 se rompe la hegemonía por más de 70 años del PRI. Y comienza la alternancia partidista, con Fox (2000-2006) y con Calderón (2006-2012). Y luego regresa el PRI al poder con Peña (2012-2018). Es decir, desde 1998 hasta el 2018 son los 30 años caracterizados como el periodo neoliberal. Las leyes de esos años, responden a dicha ideología.
  2. Desde el 2018 con el triunfo de López Obrador, del partido Morena, comienza a construirse una ruptura con el neoliberalismo. En ese sexenio se va conformando lo que se denomina la Cuarta Transformación de la vida política de México. Y actualmente, desde el 2014, con la continuidad de Morena en el gobierno, con la Presidenta Claudia Sheinbaum, se pretende cimentar el segundo piso de la 4T.
  3. Después de la ubicación cronología de los gobiernos, unos de corte neoliberal y otros de izquierda, obviamente, las reformas educativas realizadas, pretenden formar a los ciudadanos de acuerdo con sus principios ideológicos. Reformas, siempre apoyadas por cambios en la legislación educativa.
  4. Con Peña el ultimo gobernante de los neoliberales, se instrumenta la reforma educativa la cual comenzó formalmente en septiembre del 2013, cuando se promulgó la reforma a la Ley General de Educación, la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación y la Ley General del Servicio Profesional Docente. Aunque es un proceso que se inicia desde el presidente Salinas, una de las aristas de la reforma educativa es la evaluación de los docentes. Si se evalúan para el ingreso y su desempeño cuando están en servicio se podrá concretar la calidad de la educación. Ello, asociado a los estímulos económicos.
  5. La reforma educativa se materializa en Tabasco, con la armonización de la LEET, en el 2014. Es decir, se plasman en la legislación educativa del Estado los planteamientos de la reforma de Peña, el último presidente de los neoliberales.
  6. Por ello, los mayores cambios de la LEET se dieron en el 2014. Son de cantidad y de concepción educativa acordes a la ideología del neoliberalismo. Los cuatro cambios a la LEET del 2018 al 2024, además de referirse a menos de una decena de artículos, no han tocado lo central de los planteamientos neoliberales.
  7. En el 2018 con el triunfo de López Obrador, se inició la eliminación ruptura de la legislación neoliberal. Hubo una frase que lo describía todo. “No quedará, ni una coma”. Por lo tanto, la nueva Ley General de Educación se publicó en el 2018.
  8. A nivel federal ya la legislación educativa no es neoliberal, pero en tabasco, del 2018 al 2025 no se han cambiado los preceptos neoliberales.

En conclusión, la LEET, no es una legislación acorde a los planteamientos del partido gobernante (Morena). No es compatible con los principios de la 4T. Y por ende, no coadyuvará a la construcción del Segundo Piso de la 4T.

LO NO CONSIDERADO

Se enlistan los apartados de la LEET que no fueron incluidos en virtud de que su tratamiento implica un abordaje específico. Por ejemplo, el caso de la educación superior, donde no tiene sentido analizar el ordenamiento estatal cuando en el 2021 se creó la Ley General de Educación Superior. Otros apartados, cuyo análisis son se reporta aquí son:

  • Del financiamiento de la educación
  • De la educación superior
  • De la educación que impartan los particulares
  • De la validez y certificación oficial de estudios
  • De los consejos de participación social en la educación
  • De los derechos y obligaciones de los padres y alumnos
  • De las infracciones y las sanciones
  • Del recurso administrativo de revisión

COMENTARIO FINAL

Hasta aquí se ha dado cuenta de algunas de las deficiencias de la LEET, las cuales son producto de las inacciones del Congreso del Estado de Tabasco. Si se quiere, habría que identificar a los Diputados-as Locales de los periodos comprendidos entre el 2019 y el 2024. E investigar con mayor detalle, para encontrar las causas, al menos de la falta de armonización, cuando este proceso puede ser relativamente fácil.

Se ha señalado lo que está deficiente. Y la pregunta es qué cambiar, lo cual en algunos casos ha quedado esbozado ligeramente, porque no ha sido posible eludirlo, sin embargo, ello no significa que esa sea la única o la mejor alternativa.

Cómo actualizar la LEET, es una respuesta que se deberá encontrar, por aquellos interesados en la educación de Tabasco. Y es urgente, porque se requiere una educación de y para la Cuarta Transformación.

La educación tiene un enorme potencial. Destapemos su poder para que se cumpla el derecho a una educación universal de calidad, y para que, a través de formar personas íntegras, contribuyamos a transformar nuestras sociedades, nuestro planeta.

Sylvia Schmelkes

Facebook Comentarios

También te puede interesar

Contacto

Revista Aula. Revista de periodismo y análisis especializado en temas educativos que fortalece el debate de manera libre y plural.

Publicaciones destacadas

Suscríbete

Suscribirse para recibir noticias de Revista Aula