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Docentes tiktoker… 

by Abelardo Carro Nava
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Hace unos días la polémica volvió a encender las redes sociales, derivado de un tiktok de una docente de la Ciudad de México, en el que mencionaba que había sido “sancionada” por sus autoridades educativas por grabar tiktok’s en su escuela y luego subirlos a sus redes sociales; dicha sanción, que al final no fue tal, insisto, encendió la polémica sobre un tema al que la Secretaría de Educación Pública (SEP) parece no importarle mucho que digamos, pero también, el que como maestras y maestros tengan (y tengamos) que reflexionar para buscar o encontrar un balance entre lo personal y profesional, entre lo ético y lo moral, y entre la norma y la popularidad.

Es cierto, mientras el mundo parece avanzar a pasos agigantados, hay instancias o dependencias gubernamentales, como la SEP, en las que el tiempo se detuvo; desde mi perspectiva, hace falta que esta misma secretaría eche un vistazo a sus diferentes normatividades, como el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública con la finalidad de que, tal vez, se realicen los ajustes necesarios para que dicha normativa sea acorde a los tiempos que estamos viviendo los seres humanos, en este caso, los trabajadores de la educación al servicio del estado. Digo, un documento tan importante en el Sistema Educativo Mexicano, no puede no sufrir alguna modificación desde 1946, año en que se publicó en el Diario Oficial.

Obviamente, este tema es harto importante porque, como parece obvio, en el año de 1946 no existían las diversas redes sociales que hoy conocemos y, aunque su estructura alude a una serie de lineamientos que norman el actuar del personal adscrito a la SEP, la verdad de las cosas es que muchos de sus artículos deberían ser revisados y/o reformados con la finalidad de ser lo suficientemente claros en cuanto a, por ejemplo, los derechos y obligaciones de los trabajadores de la educación. Es claro que toda norma es susceptible de interpretación, pero ¿un documento de 1946 en pleno 2025?

Ahora bien, la idea de normar, espero no se mal entienda, no es limitar o restringir lo que como trabajador o trabajadora puede hacer o no hacer al interior de su centro de trabajo; creo, tiene que ver, con establecer una serie de principios o reglas que sean claras para todo aquel que por su propia voluntad haya decidido contratarse para trabajar, en este caso, en la Secretaría de Educación Pública, obviamente sin que haya una afectación a los derechos de los trabajadores, pero tampoco un abuso en las obligaciones que, por lógica, le son impuestas.

Dicho esto, para pocos es desconocido que, con la aparición de las redes sociales, el mundo giró vertiginosamente. La inmediatez rompió todas las barreras de comunicación hasta ese momento conocidas, sobre todo porque, por ejemplo, las transmisiones en vivo difundidas a través de dichas redes, posicionaron ya no solo a los medios tradicionales de comunicación, sino a los propios usuarios quienes, con teléfono en mano y conexión a internet, podían hacer viral un suceso en tiempo real en cualquier parte del mundo.

Tal situación, aunado a otros tantos factores más que por falta de espacio no abordo en estos momentos, pienso que generó una inercia interesante entre las personas, independientemente de su status económico, político, cultural, ideológico, etcétera, pues la sola idea de tener “presencia en redes sociales” dio pauta para que, en unos cuantos años, los creadores de contenido se expandieran a pasos agigantados; tal vez por ello es que hoy día hablamos tanto de youtubers, influencers o tiktokers quienes, como es natural, han construido una identidad y, por ende, una promoción personal y profesional a partir de la imagen que “venden” a los millones de usuarios que hacen eso de esas redes sociales.

Lo anterior no es poca cosa, por el contrario, es un fenómeno que ha ido creciendo rápidamente en el mundo entero y, el medio educativo no podía ser la excepción, porque hoy día en estas mismas redes sociales se puede ver a una cantidad importante de profesionales de la educación que pueden ser catalogados (si es que existe una clasificación) como “creadores” de contenido (aunque muchas veces solo sean reproductores). Desde luego, nada malo podría ser esto, porque afortunadamente en un país como el nuestro, cada individuo tiene la enorme posibilidad y el derecho de hacer lo que se le venga en gana, no obstante, como sabemos, hacer lo que se le venga en gana trae consigo una responsabilidad de enormes magnitudes. Y bueno, como trabajadores de la educación, ¿podrían o no ser creadores de contenido considerando su profesión y centro de trabajo para crearlo y difundirlo?

La respuesta es innegable: todos, pero absolutamente todos los que se encuentran prestando sus servicios en el sistema educativo podrían ser creadores de contenido, no obstante, pienso que el meollo del asunto no es si podrían, sino en el cómo están (o estarían) creando dicho contenido.

Un vistazo rápido a las redes sociales aporta elementos de análisis interesantes sobre este tema, porque en éstas podemos hallar a muchos docentes (de diferentes niveles y modalidades), asesores técnicos pedagógicos, alguno que otro directivo, en fin, a varios trabajadores que se encuentran prestando sus servicios profesionales en la SEP. Algunos de ellos son reconocidos en el medio porque aportan material educativo sobre los Consejos Técnicos Escolares, los Planes de Estudio, los procesos de admisión y promoción, sobre diversos temas pedagógicos y didácticos, entre otros; algunos más se han caracterizado por entrevistar a otros colegas y/o a ciertas autoridades educativas de ciertas entidades o de la federación; unos más, suben memes o videos planteando situaciones divertidas o con cierta sátira sobre personas o acontecimientos que solo suceden en las escuelas entre compañeros, directivos y padres de familia; algunos otros producen algún contenido que muestra algunas actividades y/o productos escolares trabajados por ellos mismos o por sus alumnos; y, finalmente (aunque aún la variedad es amplia), algunos otros producen contenido dentro de sus aulas, a veces con o sin la presencia de sus estudiantes.

Desde mi perspectiva, esto último es lo que particularmente me preocupa; se sabe que hay ciertas leyes, como la ley general de los derechos de niñas, niños y adolescentes que garantiza el pleno ejercicio, respeto y protección de sus derechos humanos conforme a lo establecido en la Constitución; en consecuencia, desconocer tales normas solamente por “ganar” popularidad en las redes sociales independientemente del nivel educativo en que se grabe me parece, insisto, bastante preocupante. Obviamente no lo digo por aquel que produce su contenido aprovechando la presencia de sus alumnos en la escuela, sino por sus estudiantes que, al final de cuentas, pueden verse agredidos y/o agraviados en sus derechos.

Se sabe que la internet revolucionó el mundo, pero también, el que las organizaciones criminales hayan encontrado en este recurso el medio más adecuado para identificar posibles víctimas; aquí, desde luego, no importa la posición social o económica que se tenga, porque desafortunadamente dichas organizaciones “jalan” parejo. Para nadie es desconocido que, en nuestros días con la inteligencia artificial, la imagen de un menor que con toda la buena intención del mundo la haya subido un maestro o hasta un padre de familia a sus redes sociales, puede ser empleada para crear videos con contenido pornográfico que se vende en el mercado negro. ¿Verdad que sí sería bastante, pero bastante prudente preguntarse sobre el tipo de contenido que se está produciendo si es que tal maestro o maestra ha decidido ser “creador” de contenido?

Finalizo este texto con un caso concreto: hace unas semanas supe del caso de un profesor al que su director le había hecho un llamado de atención porque en tiktok se unió al “trend de la botanita” (se coloca un recipiente al centro del aula y, tanto el docente como todos sus alumnos, vacían el contenido de algunas bolsas de gomitas, papas fritas, paletas, etc., mientras la cámara del celular del profesor los graba); esto, porque dicho video lo realizó durante su jornada laboral y porque se observa el rostro de cada uno de sus pequeños sin contar con el permiso de los padres de familia; obviamente que, por tales razones, la escuela y el mismo profesor frente a grupo podrían tener problemas si algún padre se inconformaba. Al pedirle que bajara el video y que dejara de realizar tales acciones dentro del plantel educativo, el docente se molestó en demasía expresando que el director estaba violentando sus derechos profesionales, que como autoridad no podía pedirle algo así, pero, sobre todo, que ya tenía algo personal en su contra (algo así como una persecución) porque, a diferencia de él ya contaba con muchos seguidores en esa plataforma. Y bueno, tal situación no quedó ahí, porque el maestro en cuestión fue a solicitar la intervención del sindicato, pero también, a poner una queja contra su director en la contraloría interna de la Secretaría de Educación de su entidad.

Desde mi perspectiva, pienso que lo que debe prevalecer es la cordura, pero, sobre todo, la consciencia de y en la labor que cada uno desempeña.

Creo que es claro que un egresado de cualquier universidad o escuela formadora de docentes se contrata para prestar sus servicios, ya sea en una escuela o tal vez en algún espacio administrativo; tal contratación trae consigo la realización de una serie de funciones que, hasta donde tengo conocimiento, no incluyen crear un contenido en un salón de clases para ser subido a las redes sociales, a menos que se esté adscrito al área de comunicación de la SEP u órgano parecido; por ello, considero que este tema no debería tomarse a la ligera y sí con la relevancia que el caso amerita, porque, indiscutiblemente las redes sociales están ahí, para ser vistas o empleadas o no por sus usuarios, ya sea para conocer, informarse o entretenerse, sin embargo, cuando hay la participación de terceros, sin el claro consentimiento de las partes, las cosas podrían ser complicadas.

En fin, finalizo estas ideas esperando no trasmitir una sensación de estar satanizando dichas redes sociales y a los creadores de contenido, porque, insisto, hay de todo, sin embargo, ese todo no implica la afectación a terceros como son las y los alumnos en sus derechos. 

Es cuanto.

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