Ícono del sitio Revista Aula

Profesores(as) de asignatura (o por horas) en México: entre la indolencia, el egoísmo y la explotación

Rodolfo García Galván*

Para el desarrollo de este pequeño ensayo parto de dos presupuestos: 1) para mejorar las condiciones salariales y laborales, de profesoras y profesores de asignatura en México, sí existen recursos económico-financieros, por tanto, lo que se requiere es una reasignación de los recursos presupuestarios con los que cuentan las instituciones-organizaciones de educación pública; 2) si los recursos disponibles se consideraran insuficientes para corregir las disparidades salariales relativas en las instituciones, entonces, una vía es el apoyo decidido a iniciativas que tengan que ver con las transferencias monetarias directas (incluso sin la intermediación de la nomenclatura de las instituciones educativas).

Un breve diagnóstico

Es de dominio comunitario, en el ámbito de la educación pública, que las y los docentes que trabajan por horas en las escuelas públicas de los diferentes niveles educativos, pero sobre todo desde el nivel medio superior hasta el superior, padecen condiciones salariales y laborales que pueden rayar en la explotación profesional; obteniendo pagos, por ejemplo, de cien pesos proporcionales por hora (únicamente cubriendo el pago de la hora frente al grupo), cuando bien sabemos que detrás de impartir una clase de una hora, ante adolescentes o jóvenes, implica al menos otras dos o tres horas para preparar la clase, planear actividades extraclase, revisar diversas entregas (tareas, ejercicios, ensayos, controles de lectura, reportes de experimentos, etcétera).

En un estudio realizado por la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior en 2015, se encontró que el 68% de los contratos del personal académico en las universidades del país eran por horas. En el caso de las universidades públicas, el porcentaje era cercano al 60%, mientras que en las universidades privadas la cifra ascendía al 83%. Además, el 30% de los docentes de tiempo parcial laboraban en al menos dos universidades de forma simultánea (ANUIES, 2015; como se citó en Lindquist y García-Galván, 2022).

En nuestros días, no se tienen registros estadísticos nacionales sistemáticos y actualizados que reflejen el ingreso percibido por los docentes de tiempo parcial. Sin embargo, pueden ser ilustrativos los siguientes ejemplos. En el caso de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el tabulador de salarios válido para 2021 estipulaba que un profesor ordinario de asignatura percibía 427 pesos por cada hora-semana de clase. En el caso de la Universidad Autónoma de Baja California (UABC), esta cifra descendía a 400 pesos; en la Universidad de Sonora (UNISON) a 397 pesos; y en la Universidad Veracruzana a 396 pesos. En estos casos se asume que cada hora-semana de clase equivale a 4 horas semanales frente agrupo. Sin embargo, la situación más crítica la viven las universidades del sur profundo del país; por ejemplo, en la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO) la retribución por hora era en 2021 de 83 pesos. En este sentido, ningún sistema educativo que se precie de ser humanista puede ser reconocido como tal si cobija en su interior un conjunto de injusticias. Así pues, en la propia UABJO, donde los docentes de tiempo parcial perciben un ingreso de 83 pesos por una hora de su trabajo, el rector obtiene un salario mensual de 58 mil 350 pesos. Asumiendo una jornada convencional de tiempo completo, tenemos que el rector percibe varias veces más por hora que lo que percibe un profesor de asignatura. En la UNAM, el rector tenía en 2021 un ingreso mensual de 177 mil 868 pesos, lo que en percepción por horas se traduce en una superioridad de 10 a 1 frente al salario de los docentes de tiempo parcial (Lindquist y García-Galván, 2022: 25-26).

Siguiendo con el caso específico de la UNAM, Xantomila (2021) recogió algunas opiniones de los y las docentes por hora, y señalaron que la mayoría de profesores realmente estaban contratados por semestre y por horas. Al mismo tiempo, reconocían que son víctimas cautivas de abusos ya que si protestan la reacción inmediata es reducirles la cantidad de horas clase, o de plano no los recontratan. De acuerdo con las y los docentes de asignatura, lo que se demanda es que haya un verdadero programa de estabilidad y una retribución justa del presupuesto de la UNAM, pues sus administradores se asignan salarios y prestaciones más allá de las dignas.

Dentro de las justificaciones de ese estado de cosas, podrían aparecer las cuestiones meritocráticas. Una de las más comunes radica en la relevancia: “la actividad de los rectores es más relevante que la de los docentes de tiempo parcial”. Esta premisa puede discutirse desde distintos ángulos. Comenzando por cuestionarnos si el ejercicio de la docencia —como función sustantiva— es menos relevante para la universidad que el desempeño de figuras administrativas que, más allá de la representación en eventos externos y el encabezamiento de ceremonias internas, poco aportan a la mejora significativa de las actividades universitarias. En todo caso, y asumiendo que su labor fuera más trascendente, valdría interpelar el nivel de la desproporción (Lindquist y García-Galván, 2022: 26).

El sistema universitario mexicano se caracteriza por ser desigual en cuanto a recursos, prebendas, condiciones laborales y salariales. Al respecto, sería casi imposible establecer condiciones parejas, pero al menos podría aspirarse a que no fueran tan desiguales. En este contexto, los más afectados son los profesores de asignatura que no pueden acceder a los estímulos y se tienen que conformar con su magro salario, sin ningún tipo de compensación. El que los profesores tengan que acceder a otros trabajos (precarizados) para aumentar sus ingresos y satisfacer sus necesidades y las de sus familias, los sitúa en una sobreexplotación derivada de los pésimos salarios y del sistema de estímulos. Asimismo, los profesores de asignatura forman la base del sistema de trabajo precario universitario, y a veces podrían pasar décadas para poder acceder a una plaza más digna y, los que tienen tan anhelada plaza temen jubilarse porque pueden perder todos los recursos adicionales derivados de los estímulos (Durand, 2022a).

El mismo J. Durand (2022b) es categórico cuando señala que “Los universitarios peleamos, luchamos y nos desvelamos por obtener recursos externos, becas y estímulos, pero hacemos muy poco por incrementar nuestros salarios… Hemos caído en la trampa, no sólo de aceptar, sino de desvelarnos por las migajas”.

Dado lo anterior, para hacer justicia habría que pensar que el pago de la hora ante grupo tendría que ser tres o cuatro veces más de los cien pesos actuales; es decir la hora tendría que pagarse en un rango que iría de entre 400 a 500 pesos, con las prestaciones de ley incluidas. El no reconocer esta situación tan desventajosa de nuestros colegas docentes podría considerarse como un acto de indolencia y egoísmo. La actitud egoísta puede manifestarse cuando nosotros, como profesores o investigadores de tiempo completo, miramos la situación pero enseguida volteamos a otro lado, ¡total (podríamos decir) no es algo que nos afecte directamente! Sin embargo, al asumir esta posición no estamos siendo solidarios con los colegas del gremio educativo, y no tomamos conciencia de que la situación que padecen nuestros vecinos proyecta una sombra en nuestra propia situación salarial y laboral.

Si bien la Ley General de Educación (2019) reivindica la valía de los docentes en general, cuando se habla específicamente de la revalorización de las maestras y los maestros. Al respecto, el artículo 90 establece que “Las maestras y los maestros son agentes fundamentales del proceso educativo y, por tanto, se reconoce su contribución a la transformación social”. Y más aún, en el octavo inciso de este mismo artículo se señala: “Otorgar, en términos de las disposiciones aplicables, un salario profesional digno, que permita a las maestras y los maestros de los planteles del Estado alcanzar un nivel de vida decoroso para ellos y su familia; arraigarse en las comunidades en las que trabajan y disfrutar de vivienda digna; así como disponer del tiempo necesario para la preparación de las clases que impartan y realizar actividades destinadas a su desarrollo personal y profesional”. Dado que no hay una sola mención específica de los y las docentes por horas, es altamente probable que el contenido reproducido de la Ley se refiera, en general, a los docentes a tiempo completo y con plaza; y en todo caso, en lo que respecta a nuestros colegas de asignatura este contenido no va más allá de un buen gesto discursivo.

La necesidad de la revisión y corrección de las condiciones precarias de docentes por horas es una reivindicación justa, ética e igualitaria. En este sentido, como lo ha advertido García-Linera (2021) “la sociedad no puede vivir indefinidamente en la indefinición de horizontes predictivos duraderos. Más pronto que tarde, de una u otra manera, las sociedades apostarán por una salida, la que sea. Y para que el provenir no sea el desastre o un obscurantismo…, el progresismo debe apostar a producir un nuevo programa de reformas de segunda generación que, articuladas en torno a la ampliación de la igualdad y la democratización de la igualdad y la democratización de la riqueza, propugne una nueva matriz productiva para el crecimiento y bienestar económicos”.

Los rumbos que podríamos seguir

Exigir una reasignación de los recursos públicos de las instituciones-organizaciones de educación pública. En el nuevo esquema tendrían que revalorarse las actividades que abonan a las funciones sustantivas (docencia, investigación, cooperación-vinculación con el entorno), y revisar críticamente las funciones adjetivas.

Independientemente de la diversidad de casos de docentes a tiempo parcial o por asignatura, sería recomendable una revisión total (cubriendo todo el universo), ya que si se procede de manera focalizada pueden abrirse espacios para el comportamiento oportunista (favoritismos, conflictos de interés, entre otras cosas). Es decir, se le tiene que dar un portazo definitivo a las prácticas discrecionales y corruptas. En la situación de que alguien sea indiferente ante la revisión de su caso particular, la renuncia voluntaria al mejoramiento de su salario y condiciones laborales puede ser una opción.

En el caso de que se demostrara una estrechez presupuestal universitaria, claramente justificada, el camino sería demandar un programa de transferencias monetarias universales e incondicionales (la única condición sería ser profesor de asignatura) para complementar los ingresos de estos docentes. De acuerdo con Boltvinik (2017), este tipo de transferencias han venido abriéndose paso en los distintos programas sociales gubernamentales (transferencias a los adultos mayores, a becarios de educación pública, a personas con capacidades diferentes, etcétera), y su legitimidad ya no se cuestiona porque abonan a la justicia, igualdad y equidad.

Con el fin de cerrar el paso a las actitudes indolentes y egoístas, el gremio de docentes, a tiempo parcial o por asignatura, tienen que estar dispuestos a mostrar evidencias de que un incremento sustancial de los pagos por hora, mejoran la calidad de la docencia e investigación por ellos desarrolladas.

Mediante la revisión total e integral de la situación de nuestros colegas docentes por horas, en realidad, las universidades estarían haciendo honor a una supuesta responsabilidad social universitaria; es decir, para tener autoridad moral y exigir la atención y resolución de diferentes y complejas problemáticas sociales, las universidades tienen que empezar por la casa, y que mejor que comenzar a tomarse en serio la corrección de las tremendas desigualdades salariales y laborales que existen en su interior.

Reivindicar políticas sociales y económicas más inclusivas, igualitarias y justas es una tarea pendiente en nuestras instituciones educativas. La situación actual de extrema concentración de la riqueza, y de extrema desigualdad podría considerase como una obscenidad, la cual tiene que combatirse sin tregua.

Por último, en todo momento, las y los docentes por horas deben ser sujetos de todos los derechos (en condiciones justas, igualitarias y equitativas) en los esquemas de estímulos existentes, en el ámbito de la Secretaría de Educación Pública, según la particularidad de las instituciones de educación pública; así como del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, en este sentido, si un docente de asignatura demostrara que puede forjar una carrera de investigador o investigadora prominente, al margen del cobijo de cualquier institución de educación o investigación, no habría razón ética y moral de negarle el acceso a estímulos como los que se derivan del Sistema Nacional de Investigadores, sus esfuerzos en la generación y difusión de conocimiento científico y tecnológico tiene que reconocerse en igualdad de condiciones.

Referencias:

Boltvinik, J. (2017). Para una transición no violenta al poscapitalismo: el ingreso ciudadano universal suficiente e incondicional. El caso de México. Mundo siglo XXI, 16(43), 19-33.

Diario Oficial de la Federación. (2019, septiembre 30). DECRETO por el que se expide la Ley General de Educación y se abroga la Ley General de la Infraestructura Física Educativa. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGE_300919.pdf

Durand, J. (2022a). El entuerto salarial universitario. La Jornada (13 de febrero/sección opinión).

Durand, J. (2022b). El entuerto salarial universitario II. La Jornada (23 de octubre/sección opinión).

García-Linera, A. (2021). Fragmentos del discurso pronunciado en la Universidad Nacional de la Rioja, Argentina, al recibir el nombramiento de doctor honoris causa. (05 de noviembre de 2021).

Lindquist, R., García-Galván, R. (2022). The limits of humanism in Mexican public universities: Preliminary lessons from COVID-19 (pp. 21-37). En N. Gaciu (ed.), Global Higher Education in the 21st century. London: Proud Pen Limited. https://doi.org/10.51432/978-1-8381524-5-1-3

Xantomila, J. (2021). Profesores de asignatura de la UNAM exigen mejores condiciones laborales. La Jornada (28 de octubre).

* Investigador-Conacyt por México, adscrito al Instituto de Investigación y Desarrollo Educativo de la Universidad Autónoma de Baja California.

Facebook Comentarios
Salir de la versión móvil